Micelio
Sentencia de Tutela11 de diciembre de 1998

T-781 de 1998

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Freddy Enrique Ruiz Florez

Tema · dato duro
Der. A La Libre Asociacion. Autonomia De La Voluntad. Afiliacion Obligatoria Al Club De Suboficiales De Las Fuerzas Militares. Retiro Voluntario Y Devolucion De Cuotas. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Libertad De Asociacion
  • Prohibición de imponer restricciones al retiro voluntario
  • Negativa de Club Militar a solicitud de retiro voluntario
  • Sentido positivo y negativo
Derecho De Asociacion
  • Incluye aspecto negativo
Inaplicacion De Normas Estatutarias De Cooperativa
  • Sanciones disciplinarias a quienes presenten tutelas contra la entidad
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Cuarto. Civil del Circuito de Villavicencio, el 16 de septiembre de 1998, dentro del proceso promovido por Fredy Enrique Ruiz Flórez en contra del Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares, por las razones anotadas en la parte motiva de esta providencia.
  3. Segundo. ORDENASE al Círculo de Suboficiales de las Fuerzas Militares, desafiliar al señor Fredy Enrique Ruiz Flórez y suspender toda clase de descuentos en su contra en el término de cuarenta y ocho (48) horas, después de la notificación del presente fallo.
  4. Tercero. Dentro del mismo término, la entidad mencionada devolverá al demandante las sumas recaudadas por concepto de aporte de sostenimiento, a partir del momento en que recibieron en debida forma su solicitud de desafiliación.
  5. Cuarto. Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.