Micelio
Sentencia de Tutela22 de junio de 2000

T-750 de 2000

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Jorge Eliecer Torres Guevara

Tema · dato duro
Pago Mesadas Atrazadas. Pension De Jubilacion. Derecho Al Minimo Vital. A La Vida En Condiciones Dignas Y Justas. Persona De La Tercera Edad. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia del 26 de enero de 2000, al resolver sobre la acción de tutela incoada por Jorge Eliecer Torres Guevara contra Acerías Paz del Río S.A., y, en su lugar, CONCEDER la protección solicitada.
  2. Segundo. ORDENAR a la empresa Acerías Paz del Río S.A. que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, pague, las mesadas atrasadas correspondientes al señor Jorge Eliecer Torres Guevara por concepto de su pensión de jubilación, si ya no lo hubiere hecho, siempre y cuando el flujo de caja lo permita. Si éste no existiere, deberá realizar las gestiones pertinentes garantizar el pago de las mesadas adeudadas. Dichas gestiones no podrán exceder el término perentorio de tres (3) meses.
  3. Tercero. El incumplimiento de lo aquí ordenado acarreará las sanciones previstas en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
  4. Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.