Sentencia de Tutela24 de julio de 2000
T-937 de 2000
Ponente Alejandro Martínez Caballero
✓Demandante Hector Aparicio
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social A La Igualdad Y Al Pago Oportuno Y Al Reajuste Periodico De Las Pensiones Legales. Pension De Jubilacion. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho Al Minimo Vital Del Pensionado
- Pago oportuno de mesadas
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido el 9 de febrero de 2000 por el Juzgado Veinte Civil del Circuito de Santafé de Bogotá D.C., al resolver sobre la acción de tutela incoada por Héctor Aparicio contra Acerías Paz del Río S.A., y, en su lugar, CONCEDER la protección solicitada.
- Segundo. ORDENAR a la empresa Acerías Paz del Río S.A. que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente fallo, pague, las mesadas atrasadas correspondientes al señor Héctor Aparicio por concepto de su pensión de jubilación, si ya no lo hubiere hecho, siempre y cuando el flujo de caja lo permita. Si éste no existiere, deberá realizar las gestiones pertinentes a fin de garantizar el pago de las mesadas adeudadas. Dichas gestiones no podrán exceder el término perentorio de tres (3) meses.
- Tercero. El incumplimiento de lo aquí ordenado acarreará las sanciones previstas en el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
T-750/00Pago Mesadas Atrazadas. Pension De Jubilacion. Derecho Al Minimo Vital. A La Vida En Condiciones Dignas Y Justas. Persona De La Tercera Edad. Concedida.T-711/99Der. Al Minimo Vital. Mora En El Pago De Mesadas Pensionales. Gobernador De Cordoba. Concedida.T-075/99Der. Al Minimo Vital. Pago De Mesadas Atrasadas. Indexacion. Conmutacion Pensional. Croydon S.A. Concedida.T-658/98Der. A La Seguridad Social. Der. Al Minimo Vital. Der. A La Igualdad. Pagos De Pension Por Empresa En Concordato. Croydon S.A. Concedida.T-458/97Der. A La Vida. Al Trabajo Y A La Seguridad Social. No Pago De Mesadas Pensionales. Empresa En Concordato. An- Son Drilling. Concedida Parcial.T-323/96Der. Al Minimo Vital. Pago De Mesadas Pensionales Causadas Durante El Concordato Preventivo. Tutela Transitoria. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.