T-630 de 2013
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Jonathan Chaverra Gomez·Demandado Bbva Horizonte Pensiones Y Cesantias S.A.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Orden a Fondo de Pensiones reconocer y pagar pensión de invalidez
- Protección constitucional
- Inaplicación del parágrafo 1 del artículo 1 de la ley 860 de 2003
- Procedencia excepcional por afectación al mínimo vital y vida digna de sujetos de especial protección
- Reiteración de jurisprudencia
- Protección constitucional especial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este asunto se analizó la posible vulneración de los derechos fundamentales a la seguridad social, a la salud, al mínimo vital, a la vida digna y a la igualdad de un joven de veintitrés años de edad a quien un accidente de trabajo le ocasionó la perdida de la capacidad laboral en un porcentaje del 50.05% y la administradora de pensiones le negó el reconocimiento de la prestación de invalidez, bajo el argumento de haber cotizado sólo 42 semanas al sistema de pensiones, mientras que el artículo 1º de la ley 860 de 2003 exige para tal reconocimiento la cotización de 50 semanas en los últimos tres años anteriores la fecha de estructuración de la invalidez.
La Sala reitera la siguiente jurisprudencia: 1º.
Procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento de la pensión de invalidez. 2º.
La pensión de invalidez como componente de la seguridad social y, 3º.
La protección constitucional especial para personas jóvenes en situación de discapacidad.
Se TUTELAN los derechos fundamentales invocados y se ordena el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez reclamada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido en marzo 12 de 2013, por el Juzgado Diecinueve Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellin, que en su momento confirmo el dictado en febrero 4 de 2013, por el Juzgado Once Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de la misma ciudad. En su lugar, se dispone TUTELAR los derechos fundamentales a la seguridad social, la vida digna, el minimo vital y la igualdad de Jonathan Chaverra Gomez.
- Segundo. ORDENAR a BBVA Horizonte Pensiones y Cesantias S. A., por conducto de su representante legal o quien haga sus veces, que si aun no lo ha efectuado, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, reconozca y empiece a pagar la pension de invalidez correspondiente a Jonathan Chaverra Gomez, debiendo cubrir en ese mismo termino los valores causados desde julio 5 de 2012, fecha del dictamen de perdida de capacidad laboral.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.