T-564 de 2008
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Jose Overman Paredes Moreno·Demandado Mision Bogota D.C. Y Consultiva Distrital De Negritudes De Bogota
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Discriminación para ejercicio de trabajo de "guia ciudadano" de Misión Bogotá por razones de edad
- Prohibición de que se tenga en cuenta como criterio relevante para acceso a empleo en ley 931/04
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la igualdad de ciudadano que no fue contratado por la accionada para desempeñar el cargo de guia ciudadano de ese programa, bajo el argumento de superar la edad maxima para esa ocupacion.<br>la politica de contratacion de la entidad demandada, de antemano, fijo como criterio selectivo tener menos de 45 an-os de edad para ser vinculado.<br>acceso al trabajo y requisitos de edad. <br>a este respecto se dijo que, si bien es permitido establecer ciertas restriccion en consideracion a la edad, cuando estas impliquen la obstaculizacion del acceso a un derecho, el juez debe analizar el caso de manera particular, para asi establecer si este, en el contexto especifico, constituye un factor diferenciador razonable.<br>en este orden de ideas, la edad se tiene como un "factor sospechoso cuando se esta frente a una â´edad limite maximaâ´ para el ejercicio del derecho al trabajo ". <br>la sala estimo, de contera, que acudir a la edad como criterio unico para permitir -o no- el acceso a un cargo, sin que se consideraran otros criterios, resultaba irrazonable y contrario a la constitucion.
Se ordeno a la accionada evaluar nuevamente la hoja de vida del actor, pero atendiendo a factores distintos al cronologico.
Concedida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido en segunda instancia por el Juzgado 3 Civil del Circuito de Bogotá, el veintiséis (26) de noviembre de 2007, mediante el cual confirmó aquel dictado en primera instancia por el Juzgado 35 Civil Municipal de Bogotá, el once (11) de octubre de 2007, negando el amparo en la demanda de tutela presentada por José Overman Paredes Moreno contra Misión Bogotá DC y la Consultiva Distrital de Negritudes de Bogotá.
- En su lugar CONCEDER al actor el amparo de su derecho fundamental a la igualdad
- Segundo. Como consecuencia de la concesión del amparo, ORDENAR a Misión Bogotá que vuelva a evaluar, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de este fallo, de manera preferente y sin oponerle requisito de edad alguno, la hoja de vida de José Overman Paredes Moreno como candidato a "guía ciudadano" de Misión Bogotá.
- Tercero. LÍBRESE, por Secretaría, la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.