Micelio
Sentencia de Tutela26 de mayo de 2005

T-564 de 2005

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Leonor Moreno Ortiz Vs. Fiscalia 66 Local Y Otras

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Via De Hecho
  • Clases de defectos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso la defensa judicial y a la igualdad ante la ley de denunciante por el delito de estafa en negocio de compraventa de inmueble comercial por la decision de los despachos de proferir resolución inhibitoria por inexistencia de conducta delictual debido a que los eventos denuciados fueron y son objeto de estudio de la jurisdiccion civil dentro del proceso iniciado por la accionante.

Solicita se ordene desarchivar los procesos penales por ella iniciados revocar las decisiones inhibitorias y abrir investigación integral de los hechos denunciados.

Accion de tutela contra providencias judiciales.

La accionante no aporto elementos de análisis que desvirtuaran las conclusiones de las fiscalias demandadas.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR el fallo proferido por la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia, que denegó la solicitud de tutela, dentro del trámite de la acción iniciada por Leonor Moreno Ortiz contra las Fiscalías 66 Local, 203 Seccional, 9 Delegada ante el Tribunal Superior de Bogotá y el Jefe de la Unidad Delegada ante la misma Corporación, con citación oficiosa de Cesar Augusto Jairo Guijón Guerrero.
  2. Segundo. Por Secretaría, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.