Sentencia de Tutela6 de diciembre de 1993
T-562 de 1993
Ponente Hernando Herrera Vergara
✓Demandante Diego Castro
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Educacion. Niegan Titulo De Bachiller Por Tener Asignaciones Pendientes. Negada.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Objeto
Titulo De Bachiller
- Obtención
Educacion Basica
- Validación del año lectivo
Juez De Tutela
- Facultades
- Límites
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- PRIMERO. REVOCAR por las razones expuestas, el fallo proferido por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Ipiales el día 9 de agosto de 1993, en relación con la orden impartida al Colegio de Promoción Social Cristo Obrero, de otorgarle el título de bachiller al joven DIEGO JAVIER CASTRO.
- SEGUNDO. ORDENAR al señor Rector del Colegio de Promoción Social Cristo Obrero de Ipiales, para que tome las medidas pertinentes tendientes a efectuar el examen de validación del grado
- octavo. al accionante, en los términos contemplados en el artículo 2o. del Decreto 1196 de 1992, para lo cual deberá señalar fecha dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia.
- TERCERO. REMITASE copia de la presente providencia al Ministerio de Educación Nacional, al Instituto Colombiano para el Fomento de la Educación Superior, ICFES, y a la Secretaría de Educación Departamental de Nariño.
- CUARTO. ORDENAR que por Secretaría se comunique esta providencia al Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Ipiales, en la forma y para los efectos previstos en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por7
T-532/20Derecho A La Educacion Inclusiva De Niños Y Niñas En Situacion De Discapacidad-Protección ConstitucionalC-003/17Becas Postgrados. Pérdida De La Beca Por La Ocurrencia De Hechos Delictivos.T-934/14Tutela de 2014T-648/14Tutela de 2014T-720/09Tutela de 2009T-859/02Derecho A La Educacion. Evaluacion Cualitativa En La Educacion Basica Y Media. Cumplimiento Logros Necesarios Para Ser Promovida. Cuestionamiento Actos Academicos De Instituciones Publicas Y Privadas. Limites Del Juez. Manual De Convivencia. Concedida.
Ver las 7 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.