T-544 de 2012
Ponente Adriana María Guillén Arango
✓Demandante Blas Guillermo Garcia Daza·Demandado Sala De Casacion Civil De La Corte Suprema De Justicia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Debido proceso.
Tutela contra providencia judicial.
El autor instauró la acción de tutela en contra de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia por considerar que le había conculcado su derecho fundamental al debido proceso, al admitir y tramitar un recurso extraordinario de casación.
A su juicio, la sentencia dictada le causó graves perjuicios económicos, pues consideró que la suma adeudada debía ser indexada porque los jueces de instancia erraron en su decisión de reconocer el pago de los intereses moratorios sin actualizar las sumas debidas.
Luego de reiterar jurisprudencia constitucional relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales, la Sala de Revisión establece que no se cumplen varios de los requisitos generales de esa viabilidad procesal, lo que conllevó a que no se hiciera necesario analizar si materialmente se presentaron los defectos alegados por el actor.
Se decide declarar IMPROCEDENTE la acción de tutela impetrada. <br> <br>
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, el treinta (30) de agosto de dos mil once (2011), confirmada por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, el veintinueve (29) de noviembre de dos mil once (2011), que denegó el amparo solicitado por Blas Guillermo García Daza contra la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia. En su lugar, DECLARAR IMPROCEDENTE la acción de tutela instaurada por Blas Guillermo García Daza en el asunto de la referencia.
- Segundo. LÍBRESE por Secretaría la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.