Micelio
Sentencia de Tutela30 de junio de 2010

T-544 de 2010

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Manuela Saenz Enriquez·Demandado Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Cartagena Sala Laboral

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por existir otro medio de defensa judicial
  • Existencia de otro medio de defensa judicial
  • Reiteración de jurisprudencia
1 tema · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vida, integridad personal, seguridad social, mínimo vital, debido proceso.

La Accionante inició un proceso ordinario contra el ISS para que le sea reconocida la sustitución pensional, causada con ocasión de la muerte del señor Hernando Henriquez, quien en vida cancelaba una cuota alimentaría a su favor, pese a encontrarse divorciados, tanto el Tribunal como el Juzgado accionados consideraron que no es posible ordenar una sustitución pensional cuando no se tienen los requisitos para acceder a ella, la accionante considera que la sentencia es constitutiva de una vía de hecho.

La Sala realiza reiteración de jurisprudencia sobre la procedencia de la tutela contra las providencias judiciales, la aplicación de los requisitos generales de procedibilidad de la acción de tutela contra providencias judiciales al caso en concreto, la existencia de otro medio de defensa judicial, se concluye que no existen los requisitos generales de procedibilidad de la tutela contra providencias judiciales, ya que existen otros mecanismos de defensa judicial.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida el 4 de febrero de 2010 por la Sala de Decisión de Tutelas No 2 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que a su vez confirmó la proferida el 10 de noviembre de 2009 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, por medio de la cual se negó la tutela impetrada por Manuela Saenz Henríquez contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena.
  2. Segundo. Por la Secretaría General, LÍBRESE la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.