Micelio
Sentencia de Tutela27 de mayo de 2004

T-522 de 2004

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Miryam Ramos Viuda De Cadena Vs. Iss

Tema · dato duro
Derecho A La Salud De Hijo Mayor De Edad. Solicitud Autorizacion Remision Para Tratamiento De Rehabilitacion Visual Prescrito Por Medico Tratante. Mora En Pago De Aportes Por Empleador Independiente. Agencia Oficiosa. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Empleador
  • Mora de aportes en salud
Derecho A La Salud
  • Orden para tratamiento de rehabilitación visual
  • Mora en pago de aportes patronales
  • Omisión patronal de pago de aportes
Derecho A La Seguridad Social
  • Obligación de afiliar al trabajador
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia proferida el 16 de diciembre de 2003 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Penal, dentro de la acción de tutela instaurada por la señora Miryam Cadena Vda. de Ramos actuando como agente oficiosa del señor Octavio Cadena Ramos contra el Seguro Social seccional Bogotá. En su lugar, CONCEDER la protección que se reclama.
  2. Segundo. ORDENAR al gerente del Seguro Social Seccional Bogotá o quien haga sus veces que en el término de 48 horas contadas a partir de la notificación de esta providencia, autorice el tratamiento de rehabilitación visual en el Centro de Rehabilitación para Adultos Ciegos (CRAC), ordenado por el médico adscrito al Seguro Social, desde el 17 de febrero de 2003.
  3. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones a que se refiere el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.