Micelio
Sentencia de Tutela15 de septiembre de 1998

T-500 de 1998

Ponente Carlos Gaviria Díaz

Demandante Yineth Susana Castro Y Otro

Tema · dato duro
Der. A La Igualdad. Der. A La Participacion En Las Comunidades Educativas. Ders De Los Niños A La Educacion. Negacion De Matricula A Menor En Jardin. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Educacion Del Niño
  • Afectación de la continuidad y permanencia, por inconformidad de los padres con políticas del colegio
  • Permanencia en sistema y plantel educativo
Derecho De Participacion En Comunidad Educativa
  • Inconformidad de padres de menor con políticas de colegio
  • Obligaciones de los padres
Asociacion De Padres De Familia
  • Incumplimiento de contrato educativo
Secretaria De Educacion
  • Control de jardín infantil
4 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia adoptada por la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafe de Bogota el 24 de marzo de 1998 y, en su lugar, tutelar los derechos fundamentales de los actores a la igualdad y a la participacion, asi como los de su menor hijo a la educacion y a la igualdad, que fueron violados por las Directoras del Jardin Infantil Usatama Norte.
  2. Segundo. ORDENAR a las senoras Patricia Cadena y Gloria E. Orozco P. que procedan a revocar inmediatamente la Resolucion Rectoral No. 1 de 1997 expedida por ellas, ya que es abiertamente contraria a la Carta Politica.
  3. Tercero. ADVERTIR a las Directoras y representantes legales del Jardin Infantil Usatama Norte que se abstengan de incurrir en actuaciones como la juzgada en esta providencia, so pena de las sanciones previstas para el desacato en el Decreto 2591 de 1991.
  4. Cuarto. REMITIR copia de esta providencia a la Secretaria de Educacion del Distrito Capital, para que se examine disciplinariamente la actuacion de la Supervisora Local 14, se investiguen debidamente las quejas presentadas por la actora, y se introduzcan los correctivos que requiere la prestacion del servicio publico de educacion en el Jardin Infantil Usatama Norte.
  5. Quinto. COMUNICAR esta providencia al Juzgado Diecisiete de Familia de Santafe de Bogota, para los fines previstos en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Comuniquese, notifiquese, cumplase e
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.