Micelio
Sentencia de Tutela17 de julio de 2009

T-481 de 2009

Ponente María Victoria Calle Correa

Demandante Raul Albeiro Cajamarca Rodriguez·Demandado Colegio Nuestra Señora De La Sabiduria

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Educacion Del Menor
  • Caso en que la menor no incurrió en faltas disciplinarias o académicas que ameritaran su salida del plantel educativo
2 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Educación.

El accionante solicita que a su hija le sea otorgado el cupo en la institución educativa accionada para cursar el sexto grado.

Las directivas de dicha institución optaron por negarle el cupo a la menor, pese a su buen comportamiento y buenas calificaciones, debido a que su padre ha generado varios problemas, ha cuestionado la idoneidad moral y académica de los docentes, acarreando con ello problemas al buen nombre del establecimiento.

La Sala decide tutelar los derechos de la menor, ya que considera que si bien el comportamiento del padre es reprochable, esto no debe afectar a la menor por que no ha sido ella quien directamente incurra en faltas académicas o disciplinarias.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos, en primera instancia, por el Juzgado
  2. Segundo. (02) Civil Municipal de Villavicencio, el quince (15) de diciembre de dos mil ocho (2008) y en segunda instancia, por el Juzgado
  3. Segundo. Civil del Circuito de Villavicencio el tres (03) de febrero de dos mil nueve (2009).
  4. Segundo. ORDENAR al Colegio Nuestra señora de la Sabiduría que, en el término de 48 horas, contados a partir de la notificación de esta providencia, reintegre a la menor Ross Angélica Marcela Cajamarca Rozo, para que pueda cursar su grado sexto, sin que se efectué cobro adicional por matricula extemporánea.
  5. Tercero. ADVERTIR a las Directivas y representantes legales del Colegio Nuestra señora de la Sabiduría que se abstengan de incurrir en actuaciones como la juzgada en esta providencia, so pena de las sanciones previstas para el desacato en el Decreto 2591 de 1991.
  6. Cuarto. ADVERTIR al señor Raúl Albeiro Cajamarca Rodríguez que se abstenga de incurrir en actuaciones que afecten o alteren la convivencia pacifica entre directivas, educadores y padres de familia.
  7. Quinto. Líbrese por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.