T-432 de 2009
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Maria Palmira Balarezo·Demandado Municipio De Buenaventura Y Dismod Ingenieros Ltda.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que no se ha canalizado quebrada
- Improcedencia de los mecanismos ordinarios frente a la posibilidad de un daño inminente por falta de canalización de quebrada
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derechos a la vida y a la vivienda digna invocados por habitante de zona aledaña a la quebrada la chanflanita en la cual la empresa constructora demandada ha iniciado labores que han ocasionado el progresivo debilitamientos de los cimientos sobre los cuales su vivienda ha sido edificada. <br>la sala reafimo que el derecho a la vivienda no solo encierra la posibilidad de adquirir el dominio de un bien inmueble, sino la satisfaccion de la necesidad humana de gozar de un lugar en el cual pueda encontrarse en minimas condiciones de dignidad. <br>se confirmo, en sentido paralelo, que la accionante y su familia se han visto amenazados por riesgos que implica para sus vidas residir en un lugar cuya estructura se ha visto claramente tocada por los trabajos efectuados en el sector.
Entonces, ante el temor del hundimiento o del desplome de los cimientos de la vivienda, se ordeno a la alcaldia municipal de buenaventura, por una parte, iniciar los estudios tecnicos necesarios, y de otra, ofrecer a la accionante una alternativa de reubicacion. <br>concedida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida en octubre 17 de 2008 por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de Buenaventura, dentro de la accion de tutela instaurada por la senora Maria Palmira Balarezo Zambrano contra el municipio de Buenaventura y Dismod Ingenieros Ltda. En su lugar, SE CONCEDE el amparo solicitado de los derechos a la vida y a la vivienda digna de la accionante y los miembros de su familia.
- Segundo. ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Buenaventura, que si aun no lo ha realizado, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia, disponga la realizacion de los estudios tecnicos que resulten necesarios para determinar con la maxima certeza posible, y dentro de los sesenta (60) dias siguientes, cual es el origen del hundimiento presentado en la vivienda de la accionante Maria Palmira Balarezo Zambrano, localizada en la ubicacion a que hizo referencia en la parte motiva de esta providencia.
- Tercero. ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Buenaventura que, mientras se realizan los estudios a que se ha hecho referencia, ofrezca a la accionante Maria Palmira Balarezo Zambrano y a las demas personas con quienes comparte su vivienda, una alternativa de reubicacion que garantice de manera adecuada su dignidad, seguridad y bienestar y los de su familia, solucion que debera mantenerse vigente hasta tanto se ejecuten completamente las acciones que como resultado de tales estudios se decida realizar.
- Cuarto. ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Buenaventura que informe al juez de tutela de primera instancia, dentro del termino de sesenta (60) dias antes indicado, sobre las conclusiones de los estudios adelantados y sobre las acciones que como consecuencia de ello se adelantaran a efectos de brindar una solucion definitiva a dicho problema.
- Quinto. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.