Sentencia de Tutela8 de junio de 1992
T-410 de 1992
Ponente José Gregorio Hernández Galindo
✓Demandante Liberto Rodriguez Y Otros
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Trabajo. Igualdad Ante La Ley. Carrera Administrativa. Instituto Colombiano De Construcciones Escolares. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
4 temas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juez
- Primero. Laboral del Circuito de Bucaramanga al fallar sobre la acción de tutela instaurada por los señores Liberto Rodríguez Rodríguez, Héctor Jaimes Correa y Orlando Mateus Romero contra la Nación -Ministerio de Educación Nacional-
- SEGUNDO. Ordenar al Ministerio de Educación Nacional y al Departamento Administrativo del Servicio Civil, que en un término razonable, que en todo caso no podrá exceder de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de notificación de esta providencia, reubiquen a los indicados ciudadanos en cargos de igual o superior categoría a los que venían ejerciendo en el Instituto Colombiano de Construcciones Escolares -ICCE-.
- TERCERO. Líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991 para los fines allí contemplados.
- CUARTO. Los jueces de tutela deberán resolver aquellos casos cuyas características fundamentales coincidan con las aquí estudiadas, atendiendo al mandato consagrado en el artículo 23 del Decreto 2067 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por9
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Ver las 9 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.