Sentencia de Tutela16 de septiembre de 1993
T-397 de 1993
Ponente Vladimiro Naranjo Mesa
✓Demandante Raul Bernal
✓
Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Construccion De Via. Contribucion Por Valorizacion. Concedida Parcialmente
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Hecho consumado
- Vulneración actual de derechos
Derecho De Peticion
- Vulneración
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E :
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el H. Tribunal Administrativo de Antioquia el dia 30 de abril de 1993, que denego la accion de tutela interpuesta por el ciudadano Raul Bernal Arango, por cuanto no considero la violacion del derecho fundamental de peticion del actor.
- Segundo. TUTELAR unicamente el derecho fundamental de peticion del ciudadano Raul Bernal Arango y, en consecuencia, ordenar a Municipios Asociados del Valle de Aburra que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contados a partir de la notificacion de esta providencia, responda a las solicitudes elevadas por el senor Bernal Arango, relacionadas con el cobro de la contribucion por valorizacion, de acuerdo con las razones expuestas en esta providencia.
- Tercero. ORDENAR que por la Secretaria General de esta Corproacion se comunique esta providencia al H. Tribunal Administrativo de Antioquia, en la forma y para los efectos previstos en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a10
T-164/93Derecho A La Salud. Prestacion Medico Asistencial De Persona Especial. Negada.T-138/93Reformatio In Pejus. Reintegro Facultad De Odontologia. Hechos Ocurridos Antes De Const. Del 91. Negada.T-124/93Derecho De Peticion. Pension Por Enfermedad Profesional. Concedida.T-492/92Derecho A La Educacion. Autonomia Universitaria. Reglamento Estudiantil. Debido Proceso. Univ Externado. Negada.T-431/92Mora Judicial. Terminos Judiciales. Concedida.T-410/92Derecho Al Trabajo. Igualdad Ante La Ley. Carrera Administrativa. Instituto Colombiano De Construcciones Escolares. Concedida.
Ver las 10 →Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.