Micelio
Sentencia de Tutela21 de mayo de 2010

T-390 de 2010

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Jose Reinel Mendez Ramirez·Demandado Conjunto Residencial La Proa De Chia

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vida, dignidad humana, trabajo, seguridad social.

El actor sufrió un accidente el cual le ocasionó varias fracturas, por lo tanto su médico tratante le concedió dos meses de incapacidad y luego pidió sus vacaciones, pero cuando se reincorporó a su lugar de trabajo le informaron que se tomó la decisión de despedirlo sin existir una causa aparente, solicita se ordene su reintegro laboral.

La Sala se pronuncia sobre la facultad de terminación unilateral del contrato de trabajo sin justa causa por parte del patrono, la cual no es absoluta, la improcedencia de la acción de tutela para obtener el reintegro laboral, salvo que se trate de resguardar el derecho a la protección laboral reforzada, se realiza reiteración de jurisprudencia sobre la protección laboral reforzada del trabajador discapacitado o afectado con limitaciones, se concluye que el actor goza de protección laboral reforzada, además tiene una precaria situación económica, se ordena su reintegro y el pago de indemnización por despido sin autorización del Ministerio de Protección Social.

Concede.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido en diciembre 3 de 2009 por el Juzgado
  2. Tercero. Promiscuo Municipal de Chia. En su lugar, CONCEDER la tutela para proteger los derechos a la vida, la dignidad humana, el trabajo y la seguridad social del demandante.
  3. Segundo. En consecuencia, ORDENAR a los copropietarios del Conjunto Residencial La Proa, de Chia, a traves de su representante o quien haga sus veces, que, si no lo ha efectuado, dentro del termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia, proceda a reintegrar, sin solucion de continuidad y en iguales o superiores condiciones, con el pago retroactivo de los salarios y todas sus prestaciones sociales dejadas de percibir, al senor Jose Reinel Mendez Ramirez, a la labor que venia desempenando al momento de darse unilateralmente por terminado el contrato de trabajo.
  4. Tercero. El Conjunto Residencial La Proa, de Chia tambien pagara en un termino maximo de 10 dias, contados a partir del mismo acto de notificacion y si no lo ha realizado, el equivalente de 180 dias de su salario al tiempo de la terminacion del contrato de trabajo, traido a valor presente, por el hecho de haberlo despedido sin la autorizacion del Ministerio de la Proteccion Social.
  5. Cuarto. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que alude el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.