Micelio
Sentencia de Tutela31 de agosto de 1994

T-385 de 1994

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Alirio Sarmiento Barrera

Tema · dato duro
Der. A La Salud. Acceso De Los Campesinos A La Asistencia Hospitalaria. Ders Del Paciente. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

3 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. Revocar las sentencias del Juzgado Promiscuo Municipal de Galan y del Juzgado Promiscuo del Circuito de Zapatoca, proferidas en la tutela de la referencia y en las cuales se denego la tutela impetrada por el solicitante.
  2. SEGUNDO. En su lugar se concede la tutela en el sentido de ordenar al Hospital Integrado de Galan: 1) que en el termino de 15 dias se diagnostique la real incapacidad de Alirio Sarmiento Barrera y en el evento que el paciente exija un grupo de examinadores diferente, el hospital lo remitira a otra institucion de las que integran el servicio hospitalario de Santander. 2) En el caso de que el brazo y la mano izquierda del trabajador agrario admitieran total o parcial recuperacion se proporcionara directamente o mediante colaboracion institucional, dentro de lo posible, el tratamiento medico y hospitalario inmediato y adecuado.
  3. TERCERO. Comuniquese al solicitante, al Director del Hospital de Galan, al Juez Promiscuo y al Personero de dicho municipio, al Defensor del Pueblo, al Ministerio de Salud y a la Superintendencia Nacional de Salud.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.