Micelio
Sentencia de Tutela10 de mayo de 2002

T-363 de 2002

Ponente Jaime Córdoba Triviño

Demandante Henry Pulecio Ramos Vs. Cajanal

Tema · dato duro
Derecho De Peticion. Solicitud Reconocimiento Revision Y/O Reliquidacion Pension De Jubilacion. Respuesta Clara Y Oportuna. Recurso De Apelacion. Silencio Administrativo. Via Gubernativa. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Peticion Frente Al Silencio Administrativo Negativo
  • Deber de resolver la solicitud de pensión de jubilación
Derecho De Peticion Ante Caja Nacional
  • Negligencia en trámite administrativo y vulneración de derechos fundamentales
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. Revocar la sentencia proferida por el Juzgado Cuarenta y Uno Penal del Circuito de Bogotá D.C., mediante el cual se denegó la tutela interpuesta por Henry Pulecio Ramos contra Cajanal.
  2. Segundo. Tutelar el derecho constitucional fundamental de petición del actor y en consecuencia, Ordenar al Director de Cajanal que, en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, proceda a resolver el recurso de apelación interpuesto por el actor el 27 de agosto de 2001.
  3. Tercero. Compulsar copias de esta sentencia y del expediente respectivo, a la Procuraduría General de la Nación, para lo de su competencia.
  4. Cuarto. Dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.