Micelio
Sentencia de Tutela6 de junio de 2014

T-348 de 2014

Ponente Mauricio González Cuervo

Demandante Gustavo Ospina Espitia·Demandado Sonoco De Colombia Ltda

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Para Obtener Reintegro Laboral Cuando Se Trata De Prevenir La Vulneracion Del Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada
  • Procedencia excepcional cuando existe nexo de causalidad entre el despido y el estado de salud
Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud
  • Se desconocen los derechos fundamentales del accionante al dar por terminada su relación laboral sin autorización de la autoridad laboral
  • Reglas jurisprudenciales
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se le endilga a la empresa accionada la vulneración de derechos fundamentales, en virtud del hecho de despedir al actor sin la autorización del Ministerio del Trabajo, aun cuando acababa de culminar un período de cuatro meses de incapacidad.

La demandada adujo que la situación médica del peticionario no configuraba una situación de discapacidad y, que en esa medida, no se podía entender que al momento de la terminación del vínculo contractual detentara una protección especial.

Justifica el despido sin justa causa, en las disposiciones del CST que prevén la entrega de una indemnización para efectos de materializar la desvinculación.

Se CONCEDE de forma transitoria el amparo de los derechos fundamentales al trabajo, al mínimo vital, a la seguridad social y a la estabilidad laboral reforzada. <br> <br>

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (13 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR la Sentencia proferida por el Juzgado 9 Civil del Circuito de Cali que confirmó el fallo emitido por el Juzgado 22 civil Municipal de Cali en sede de primera instancia. En su lugar, CONCEDER de forma transitoria el amparo de los derechos fundamentales al trabajo, mínimo vital, seguridad social y estabilidad laboral reforzada del señor Gustavo Ospina Espitia.
  2. SEGUNDO. ORDENAR a la empresa Sonoco de Colombia Ltda que en el término de 48 horas siguientes a la notificación de esta providencia, proceda a efectuar el reintegro y de ser necesario la reubicación laboral del señor Gustavo Ospina Espitia, a un trabajo igual o superior al que venía desempeñando cuando se dio por terminado unilateralmente y sin justa causa el contrato de trabajo a término indefinido, de acuerdo a su estado de salud y las recomendaciones proferidas por el médico tratante y el área de salud ocupacional de la empresa. Adicionalmente, deberá cancelar las cotizaciones a salud y pensión dejadas de cancelar como consecuencia del despido.
  3. TERCERO. ORDENAR a la empresa Sonoco de Colombia Ltda, que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de esta sentencia, afilie al señor Gustavo Ospina Espitia al Sistema de Seguridad Social Integral, de manera que se le garantice la atención médica necesaria para el restablecimiento de su salud.
  4. CUARTO. Dentro de los cuatro meses siguientes a la notificación de esta sentencia, el accionante deberá acudir a la jurisdicción competente, para que sea allí donde se diriman las controversias relacionadas con el pago de salarios y prestaciones sociales dejadas de recibir como consecuencia del despido, so pena de quedar sin efectos las ordenes proferidas en este fallo.
  5. QUINTO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  6. MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO
  7. Magistrado
  8. LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ
  9. Magistrado
  10. Con salvamento parcial de voto
  11. GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
  12. Magistrado
  13. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.