Micelio
Sentencia de Tutela21 de marzo de 2000

T-307 de 2000

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Naydu Restrepo De Cardenas

Tema · dato duro
Debido Proceso. Derecho A La Educacion. Proceso Disciplinario A Estudiante Por Transgresion Del Manual De Convivencia. Expulsion Colegio Calasanz De Pereira. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Reglamento Educativo
  • Cumplimiento de procedimientos establecidos para imposición de sanción
Debido Proceso Disciplinario
  • Incompetencia y falta de comisión investigadora en imposición de sanción a estudiante
  • No alusión a conductas específicas ni a recursos en imposición de sanción a estudiante
Derecho A La Educación
  • Cancelación de matrícula con vulneración del debido proceso
Educacion
  • Derecho-deber
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado 4 Civil del Circuito y por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, mediante los cuales se nego el amparo solicitado. En su lugar, se tutelan los derechos al debido proceso y a la educacion de Jose David Cardenas Restrepo. En consecuencia, se dejara sin efecto la sancion impuesta y se ordenara al "Colegio Calasanz" de Pereira que inicie de nuevo el proceso disciplinario contra el citado menor y que, en el curso de aquel, de estricto cumplimiento al Manual de Convivencia, con el fin de no violar el debido proceso, el derecho de defensa y el derecho a la educacion.
  2. Segundo. DAR cumplimiento a lo previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.