Micelio
Sentencia de Tutela3 de marzo de 2000

T-239 de 2000

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Juan David Meneses

Tema · dato duro
Derecho A La Educacion Y Libre Desarrollo De La Personalidad. Corte De Cabello. Colegio Rufino Jose Cuervo. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Educacion
  • Papel del educador
  • Alcance
  • Valores y usos sociales
Manual De Convivencia
  • Corte de cabello como exigencia razonable
  • Cumplimiento normas de aseo y pulcritud personal
  • No puede imponer patrones estéticos excluyentes
Derecho Al Libre Desarrollo De La Personalidad
  • Ejercicio limitado por el orden jurídico en comunidad educativa
Establecimiento Educativo
  • No puede imponer patrones estéticos excluyentes
4 temas · 8 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
  2. Tercero. Penal Municipal de Armenia, el 21 de septiembre de 1999, al resolver sobre la acción de tutela incoada por Juan David Meneses Duque, contra el Rector del Colegio Rufino José Cuervo y, en consecuencia, proteger el derecho al libre desarrollo de la personalidad del peticionario.
  3. Segundo. ORDENAR al Rector del Colegio Rufino José Cuervo que, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del presente Fallo, proceda a ordenar a los educadores del plantel educativo abstenerse de incomodar al estudiante David Meneses Duque por el sólo hecho de llevar, según sus personales preferencias, el cabello largo. El Rector, dentro del mismo lapso, iniciará las gestiones necesarias para la adecuación del Manual de Convivencia de dicho centro docente a las normas constitucionales que consagran, entre otras, el libre desarrollo de la personalidad, y permitir a los alumnos portar a su gusto el cabello.
  4. Tercero. Por Secretaría LÍBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónJosé Gregorio Hernández Galindo
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.