T-218 de 2005
Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra
✓Demandante Jaime Jiménez Bedoya Vs. Municipio De Marsella
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inmediatez en caso de cumplimiento de orden de reintegro a cargo
- En caso de reintegro hay otras formas de cumplir orden judicial
- Caso en que se inaplica subregla que cuando se ha recibido indemnización por retiro la tutela no procede
- Existencia de acuerdo de pago no la hace improcedente
- Interpretación del artículo 100 del C P del T
- Procedencia para reintegro de trabajador
- No constituye medio idóneo de defensa judicial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la administración de justicia y al trabajo de persona que se desempeñaba como obrero del municipio y fue desvinculado sin justa causa habiendose ordenado por parte de la corte suprema de justicia su reintegro sin que ello se haga efectivo.
Solicita se ordene su reintegro al cargo que ocupaba y se le reconozcan los salarios dejados de percibir.
Inmediatez de la proteccion tutelar.
Inexistencia de via judicial idónea para obtener el cumplimiento de la sentencia de la corte suprema de justicia.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E
- Primero. REVOCAR la sentencia de segunda instancia del proceso de la referencia, proferida por el Juzgado 4o Civil del Circuito de Pereira, mediante la cual se denego el amparo de tutela deprecado por Jaime Jimenez Bedoya en contra del Municipio de Marsella.
- Segundo. En su lugar, CONCEDER al actor de la tutela la proteccion del derecho a la administracion de justicia y al trabajo. En consecuencia, dentro del termino de cuarenta y ocho (48) horas, el Municipio de Marsella procedera a dar cumplimiento a la sentencia del 20 de febrero de 2003, por la cual la Corte Suprema de Justicia dejo en firme la orden de reintegro emitida en primera instancia por el Juzgado 2o Laboral del Circuito de Pereira, en el proceso ordinario laboral adelantado por Jaime Jimenez Bedoya contra el citado Municipio.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion prevista por el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.