Micelio
Sentencia de Tutela15 de diciembre de 2000

T-1756 de 2000

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Gloria Agudelo R. Y Otra Vs. Compañía Suramericana De Seguros S.A.

Tema · dato duro
Derecho De Asociacion Sindical Trabajo Y Libre Desarrollo De La Personalidad. Concesion De Permisos Sindicales. Afiliados A Varios Sindicatos. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Libertad De Asociacion Sindical
  • Afiliación a varios sindicatos de la misma clase o actividad
Derecho De Asociación Sindical
  • Permisos sindicales
  • Vulneración por aplicación de norma declarada inexequible
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. REVOCAR, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, los fallos proferidos en segunda instancia por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín (Expediente T-244613) y por el Juzgado 23 Penal del Circuito de Medellín (Expediente T-252896), mediante los cuales se negó el amparo invocado.
  2. En su lugar, readquieren fuerza y vigor las sentencias de primera instancia, proferidas por los juzgados
  3. Segundo. Laboral del Circuito de Medellín y
  4. Noveno. Penal Municipal de Medellín, los cuales SE CONFIRMAN.
  5. Las providencias judiciales en mención deben comenzar a ser cumplidas por la empresa demandada dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación del presente fallo de revisión.
  6. Se previene a la empresa demandada para que no vuelva a incurrir en conductas que puedan afectar el derecho de asociación sindical.
  7. Segundo. Dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.