Micelio
Sentencia de Tutela21 de noviembre de 2000

T-1596 de 2000

Ponente Fabio Morón Díaz

Demandante Eudoria Castro Viuda De Gomez Vs. Iss Cali

Tema · dato duro
Derecho A La Vida Salud Y Seguridad Social. Solicitud Reconocimiento De La Pension De Sobreviviente. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derechos De Persona De La Tercera Edad
  • Remisión oportuna del bono pensional
Bono Pensional
  • Procedencia de tutela para reclamar la remisión
Pension De Jubilacion
  • No puede negarse reconocimiento si se ha emitido y expedido el bono pensional
Derecho De Petición
  • Núcleo esencial
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de fecha 13 de abril de 2000, proferida por el Juzgado
  2. Primero. Penal Municipal de San Gil, dentro de la acción de tutela instaurada mediante apoderado, por EUDOCIA CASTRO VIUDA DE GOMEZ contra el ISS-Seccional San Gil.
  3. Segundo. CONCEDER la tutela de los derechos a la vida, salud y seguridad social. En consecuencia ordenar a la Alcaldía Municipal de San Gil para que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta providencia pongan a disposición del Instituto de los Seguros Sociales, Seccional San Gil, el dinero correspondiente al bono pensional necesario para que se surta el trámite y reconocimiento de la pensión de jubilación adelantada por el actor ante dicha entidad, por el tiempo cotizado en CAPRESAN y ante el mismo Municipio.
  4. Tercero. Por Secretaría general, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991, para los efectos allí contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.