T-1280 de 2001
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Myriam Rivero Salcedo Vs. Coltempora Ltda Y El Banco Agrario De Colombia.·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Empleada temporal se encontraba en indefensión
- Procedencia para empleada temporal por cáncer
- Corresponde a jurisdicción ordinaria decidir si se terminó con justa causa o sin ella
- Objeto no había desaparecido
- Las dos pueden ser sujeto pasivo de acción de tutela
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E
- Primero. REVOCAR PARCIALMENTE el fallo de segunda instancia adoptado por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja el 30 de mayo de 2001, en cuanto negó el amparo impetrado contra el Banco Agrario de Colombia.
- Segundo. CONFIRMAR, por las razones consignadas en la parte motiva de esta sentencia, el fallo de primera instancia dictado el 6 de abril de 2001 por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Tunja, mediante el cual se concedió la tutela, como mecanismo transitorio, de los derechos fundamentales a la accionante MYRIAM RIVERO SALCEDO, vulnerados tanto por la empresa Coltempora Ltda. como por el Banco Agrario de Colombia.
- Tercero. ORDENAR que por Secretaría General se dé cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.