Micelio
Sentencia de Tutela30 de noviembre de 2001

T-1280 de 2001

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Myriam Rivero Salcedo Vs. Coltempora Ltda Y El Banco Agrario De Colombia.·Demandado Sin Información

Tema · dato duro
Derechos A La Vida Salud Y Trabajo. Solicitud Reintegro Al Cargo De Empleada De Empresa De Servicios Temporales En Mision Despedida Por Causa De Enfermedad. Proteccion Constitucional A Personas Que Se Encuenran En Estado De Debilidad Manifiesta. Minimo Vi
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Banco Agrario
  • Empleada temporal se encontraba en indefensión
Accion De Tutela Transitoria
  • Procedencia para empleada temporal por cáncer
Contrato De Trabajo Temporal
  • Corresponde a jurisdicción ordinaria decidir si se terminó con justa causa o sin ella
  • Objeto no había desaparecido
Empresa De Servicios Temporales Y Empresa Usuaria
  • Las dos pueden ser sujeto pasivo de acción de tutela
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E
  3. Primero. REVOCAR PARCIALMENTE el fallo de segunda instancia adoptado por la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja el 30 de mayo de 2001, en cuanto negó el amparo impetrado contra el Banco Agrario de Colombia.
  4. Segundo. CONFIRMAR, por las razones consignadas en la parte motiva de esta sentencia, el fallo de primera instancia dictado el 6 de abril de 2001 por el Juzgado
  5. Primero. Civil del Circuito de Tunja, mediante el cual se concedió la tutela, como mecanismo transitorio, de los derechos fundamentales a la accionante MYRIAM RIVERO SALCEDO, vulnerados tanto por la empresa Coltempora Ltda. como por el Banco Agrario de Colombia.
  6. Tercero. ORDENAR que por Secretaría General se dé cumplimiento a lo previsto en el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.