Micelio
Sentencia de Tutela28 de noviembre de 2003

T-1141 de 2003

Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett

Demandante Aurora Camacho Delgado Contra Coomeva Eps

Tema · dato duro
Derecho A La Salud. Derecho A La Vida En Condiciones Dignas. Cirugía Con Prótesis A Joven Que Esta En Silla De Ruedas. Concedida
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud
  • Cirugía con suministro de prótesis
  • Conexidad con la vida
Discapacitado
  • Trato especial
Agencia Oficiosa En Tutela
  • Madre en representación de hijo mayor de edad
Derecho A La Vida Digna
  • Entrega de prótesis de extremidades inferiores
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. LEVANTAR la suspensión de términos ordenada mediante auto del ocho (8) de julio de dos mil tres (2003), a fin de adoptar seguidamente la correspondiente decisión.
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia proferida el 11 de febrero de 2003 por el Juzgado Veinticinco Civil Municipal de Cali, y en su lugar TUTELAR el derecho a la salud en conexidad con los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas y a la integridad personal de Milton Delgado Camacho.
  3. Tercero. ORDENAR a Coomeva E.P.S. que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación del fallo, tome las medidas que sean necesarias para que se practique al joven Milton Delgado Camacho, la cirugía con prótesis modular con suspensión por succión, rodilla monocéntrica y pie sach requerida por Milton Delgado Camacho.
  4. Cuarto. AUTORIZAR a Coomeva E.P.S. para que repita contra el Fosyga por los dineros invertidos en el cumplimiento de este fallo.
  5. Quinto. Por Secretaría líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.