Micelio
Sentencia de Tutela27 de octubre de 2005

T-1088 de 2005

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Adolfo Salazar Bermúdez Vs. Banco Granahorrar S.A.

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion De Tutela Contra Entidad Financiera
  • Improcedencia por existir otro medio judicial
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho al debido proceso a la administración de justicia a la vivienda digna y respecto por el acto propio de deudor de la entidad creditica a quien le fue liquidado un alivio que con posterioridad la misma entidad unilateralmente modifico las condiciones establecidas en el alivio y reliquido el credito generándose otra obligación para el accionante con nuevos intereses lo que en la actualidad lo tiene en cobro jurídico ante despacho judicial.

Improcedencia de la tutela cuando existen otros medios de defensa judicial.

Teniendo en cuenta que contra el actor se tramita un proceso de carácter civil para obtener el pago de las cuotas atrasadas y dentro del cual se han propuesto excepciones sera en este donde por sentencia judicial se difinira el eventual restablecimiento del derecho al respeto del acto propio y el asentimiento del actor.

Negada

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Confirmar las decisiones proferidas por el Juzgado Veintiuno Civil del Circuito el 20 de abril de 2005 y la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá el 9 de junio de 2005, en la acción de tutela promovida por Adolfo Salazar Bermúdez contra el Banco Granahorrar.
  2. Segundo. Por Secretaria General, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.