T-090 de 2012
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Cesar Giovanny Chaparro Rincon·Demandado Contraloria General De La Republica
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Régimen legal aplicable a los funcionarios públicos
- Competencia de la Contraloría General para concederla
- Garantía para la prestación de servicios
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Caso de funcionario que incumplió acuerdo de prestación de servicios suscrito con la entidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este asunto se aduce que la Contraloría General de la República vulneró los derechos fundamentales del actor al debido proceso administrativo, al libre desarrollo de la personalidad en el contexto laboral, a la libertad de escoger y ejercer profesión, al mínimo vital y a la vivienda, así como los principios de buena fe, favorabilidad laboral, prevalencia del derecho sustancial y la confianza legítima, al tomar la decisión de declarar el incumplimiento de un convenio de contraprestación por comisión de estudios y exigir el pago inmediato de los salarios y prestaciones otorgados por dicha entidad.
Se analizan los siguientes temas: 1º.
Causales de procedibilidad de la acción de tutela contra actos administrativos. 2º.
Competencia de la Contraloría General de la República para conceder comisión de estudios y régimen legal de la contraprestación de servicios de las comisiones de estudios en el exterior de los funcionarios públicos.
La Sala concluye, que ante la existencia de otro mecanismo de defensa judicial como es la acción de nulidad y restablecimiento del derecho dentro de la cual es posible solicitar la suspensión provisional de los actos demandados y, dado que no se demostró la existencia de un perjuicio irremediable, es pertinente confirmar la decisión de instancia que DENEGÓ el amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. CONFIRMAR la Sentencia proferida por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia, el 5 de julio de 2011, en la cual se confirmo la negacion del amparo solicitado.
- SEGUNDO. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.