Sentencia de Tutela29 de enero de 2001
T-073 de 2001
Ponente Fabio Morón Díaz
✓Demandante Nohora Molina De Martinez Y Otros Vs. Prosocial
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Seguridad Social Trabajo Y Minimo Vital. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Prestacion Servicios Medicos Y A Beneficiarios. Mora En El Pago De Aportes Por Empleador. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Derecho Al Minimo Vital Del Trabajador
- Pago oportuno de acreencias laborales
Derecho Al Pago Oportuno Del Salario
- Fundamental
Empleador
- Falta de presupuesto o insolvencia para pago oportuno de salarios no es razón suficiente
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. REVOCAR los fallos proferidos por los Juzgados
- Primero. y
- Segundo. Civil Municipal de Fusagasuga del 12 y 14 de abril de 2000 en los expedientes de la referencia. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales al trabajo y al minimo vital de los senores Nohora Molina de Martinez, Juan Cristobal Leon Cuartas, Carlos Arturo Fula Tenjo, Ruth Maria Gonzalez y Marina Salazar Lopez.
- Segundo. ORDENAR a la Promotora de Vacaciones y Recreacion Social PROSOCIAL, para que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de la presente sentencia, cancele la totalidad de los salarios adeudados a los demandantes.
- Tercero. Igualmente PROSOCIAL, debera asumir de manera directa la prestacion de los servicios medicos requeridos por los accionantes y sus beneficiarios, hasta tanto se ponga al dia en el pago de los aportes a la E.P.S. correspondiente.
- Cuarto. COMPULSAR copias de la presente decision a la Fiscalia General de la Nacion para lo de su competencia.
- Quinto. El desacato a las ordenes impartidas en esta providencia, se sancionara de conformidad con lo senalado en el articulo 52 del decreto 2591 de 1991.
- Sexto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a4
T-252/00Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas Y Minimo Vital. Mora En El Pago De Salarios Y Demas Acreencias Laborales. Prosocial. Concedida.T-137/00Afiliacion A Una Eps. Proteccion Especial A Las Personas De La Tercera Edad. Concedida.SU.995/99Derecho Al Trabajo. Pago De Acreencias Laborales Docentes Plato Magdalena. Concedida.T-075/98Der. A La Seguridad Social. Der. A La Vida Y Al Minimo Vital. Pago De Salarios Y De Prestaciones Sociales. Medio De Defensa Judicial. Concedida Parcialmente.
Citada por4
T-571/07Tutela de 2007T-541/04Derecho Al Minimo Vital De Madre E Hijo Menor De Edad. Pago De Acreencias Laborales. Salarios. Perjuicio Irremediable. Concedida.T-1229/04Derecho Al Minimo Vital De Extrabajadora Del Municipio Madre Cabeza De Familia A Quien La Entidad Le Adeuda Salarios Que No Le Paga Por No Contar Con Los Recursos. Solicita Se Ordene El Reconocimiento Y Pago De Los Dineros Adeudados. Procedencia ExcepcioT-1183/01Derecho Al Minimo Vital Y Seguridad Social. Pago De Acreencias Laborales. Salarios Y Aportes En Salud Al Iss. Tutela Contra Particulares. Llamado A Prevencion. Concedida.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.