Micelio
Sentencia de Constitucionalidad23 de agosto de 2005Sala Plena

C-876 de 2005

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Jorge Forero Silva Y Otro

Tema · dato duro
Avaluo Bienes En Proceso Ejecutivo. Improcedencia De Objeción De Avalúo Presentado Por El Ejecutado O Practicado Por Perito Designado Por El Juez
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Avaluo Bienes En Proceso Ejecutivo
  • Derecho del ejecutante de objetar por error grave avalúo presentado por el ejecutado
  • Imposibilidad del ejecutante de objetar el dictamen presentado por el ejecutado viola la igualdad procesal, debido proceso y derecho de defensa del ejecutante
  • Improcedencia de objeción de avalúo presentado por el ejecutado o practicado por perito designado por el juez
  • Improcedencia de objetar avalúo practicado por perito designado por el juez
1 tema · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Ley 794 de 2003 articulo 52 /(parcial).

Se modifica el codigo de procedimiento civil se regula el proceso ejecutivo y se dictan otras disposiciones.

Avaluo y pago con productos.

La norma acusada no desconoce el derecho al debido proceso el derecho a la igualdad ni el acceso a la administración de justicia.

Es el juez el director del proceso y precisamente por serlo entre sus deberes tiene conforme al articulo 37 del codigo de procedimiento civil el de dirigirlo velar por su rapida solucion hacer efectiva la igualdad de las partes en el mismo y hacer efectivos los deberes de lealtad probidad buena fe asi como evitar toda tentativa de fraude procesal.

Exequible

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 794/03. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 52Ley 794/03EXEQUIBLE
1 pronunciamiento · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Declárase EXEQUIBLE la expresión " en los casos previstos en este inciso no habrá lugar a objeciones" contenida en el artículo 52 de la ley 794 de 2003, por no violar artículo alguno de la Constitución.
  2. Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
Salvamento parcialMarco Gerardo Monroy Cabra
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.