Micelio
Sentencia de Constitucionalidad2 de agosto de 2001Sala Plena

C-816 de 2001

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Luis Eduardo Montoya Medina

Tema · dato duro
Prejudicialidad Administrativa. Reanudación De Actuación Suspendida Y Decisión Por No Pronunciamiento
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad
  • Ilustración de cargos
  • Inadmisión
Prejudicialidad Administrativa
  • Límite de tiempo en suspensión de asuntos civiles y causas criminales
  • No suspensión indefinida de asuntos civiles y causas criminales
  • Reanudación de actuación suspendida y decisión por no pronunciamiento
Prejudicialidad
  • Determinaciones legislativas con sujeción a la Constitución
  • Sujeción a la Constitución
  • Tiempo para reanudación de proceso civil e investigación criminal sin decisión en asunto administrativo
  • Reanudación de proceso civil y asunto criminal sin resolver cuestión administrativa
Prejudicialidad De Otra Especialidad
  • Suspensión y reanudación de la actuación
Tramite Judicial
  • Sujeción a la Constitución
5 temas · 11 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Decreto 2282 de 1989.

Arts. 172 (p.).

Codigo procedimiento civil.

Ley 600 de 2000.

Art. 153.

Codigo de procedimiento penal.

Reanudacion suspension e interrupcion del proceso.

Prejudicialidad contencioso administrativa.

Competencias de los funcionarios judiciales

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Decreto 1400/70. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 172Decreto 1400/70EXEQUIBLE
Art. 1Decreto 2282/89 «numeral 88»EXEQUIBLE
Art. 1Decreto 2282/89EXEQUIBLE
Art. 153Ley 600/00EXEQUIBLE
Art. 86Ley 600/00EXEQUIBLE
5 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E:
  3. Primero. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos formulados, el aparte "con todo, si dicha prueba no se aduce dentro de los tres años siguientes a la fecha en que comenzó la suspensión, el juez de oficio o a petición de parte decretará la reanudación del proceso, por auto que se notificará por estado y mediante telegrama dirigido a la dirección denunciada para recibir notificaciones personales.", contenido en el inciso
  4. primero. del artículo 172 del Código de Procedimiento Civil, tal como fue modificado por el numeral 88 del artículo 1º del Decreto ley 2282 de 1989.
  5. Segundo. Declarar EXEQUIBLE, por los cargos formulados, el artículo 153 de la Ley 600 de 2000.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.