C-784 de 2007
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Leyda Edith Callejas Diaz Y Otra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Proposición jurídica incompleta
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo procesal del trabajo (decreto 2158 de 1948) articulo 53 (parcial).
Procedimiento en los juicios del trabajo.
Limites a la prueba de testigos.para los demandantes la norma acusada vulnera los articulos 13 29 y 94 de la constitucion politica.vigencia de la norma demandada.
Con posterioridad a la presentacion de la demanda pero antes de la fecha del presente fallo la norma demandada fue objeto de modificacion legal mediante la expedicion de la ley 1149 del 13 de julio de 2007.
El nuevo texto del articulo 53 se encuentra contenido en el articulo 8º de la nueva ley siendo del caso advertir que este no reproduce el segmento demandado.en el presente caso los cargos de la demanda no satisfacen los requisitos de certeza.
La demanda resulta inepta.inhibida
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2158/48. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E
- DECLARARSE INHIBIDA, por inepta demanda, para proferir decision de fondo sobre la constitucionalidad de la expresion "el juez no admitira mas de cuatro", que hace parte del articulo 53 del Codigo Procesal del Trabajo (Decreto 2158 de 1948).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.