C-777 de 2005
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Mercedes Olaya Vargas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos para nombramiento en cargo que ha sido trasladado
- Reubicación de funcionario por supresión de cargo
- Término para reubicación de funcionario por supresión de cargo
- Traslado de cargos en la Fiscalía General de la Nación, Rama judicial, Defensoría del Pueblo y organismos con funciones de policía judicial
- Provisión de personal para el adecuado funcionamiento
- Casos en que procede integración
- Integración
- Parámetros constitucionales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 906 de 2004 articulo 532 (parcial).
Se expide el codigo de procedimiento penal.
Procedimiento para ajustar plantas de personal en la fiscalia general de la nación rama judicial defensoria del pueblo y entidades que cumplen funciones de policia judicial.
Reubicación de servidores y nombramientos.
Necesidad de una integración normativa.
El acceso a cargos publicos y el principio constitucional de la carrera como regla general fundada en el merito y los regímenes especiales de carrera.
Provisión de personal para el adecuado funcionamiento del sistema acusatorio prevista en el articulo 4 transitorio del acto legislativo 03 de 2002 y su desarrollo legal a traves del articulo 532 de la ley 906 de 2004.
Condiciones de exequibilidad de la norma acusada.
Exequibilidad condicionada
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 906/04. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Declarar EXEQUIBLE el inciso
- tercero. del articulo 532 de la Ley 906 de 2004, en los terminos expuestos en el apartado 7 de la parte motiva de esta sentencia, salvo la expresion "El termino para la reubicacion de los servidores cuyos cargos se supriman, sera de dos (2) anos contados a partir de la supresion" contenida en el mismo inciso que se declara INEXEQUIBLE.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.