C-709 de 2001
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Luis Eduardo Montoya Medina
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Término para ejercicio
- Legitimación para alegación
- Regulación legislativa de titularidad y caducidad
- Origen legal
- Término para ejercicio del derecho de acción de nulidad absoluta
- Casos previstos en el derecho común
- Protección del patrimonio público y moral administrativa
- Remisión al derecho común en nulidades
- Contabilización a partir de modificación o adición
- Objeto
- Alcance
- Significado
- Incorporación de circunstancias constitutivas de nulidades del Código Civil
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 446 de 1998.
Art.44.
Num 10.
Lit.e.
Termino de caducidad de las acciones.
Nulidad absoluta de contratos estatales.
Exequible.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 1/84. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar EXEQUIBLE el articulo 44, numeral 10, literal e) de la Ley 446 de 1998, bajo el entendido de que si se produce modificacion o adicion del contrato inicialmente celebrado, la caducidad se contara, en cuanto a ellas, a partir de la fecha de las mismas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.