C-657 de 2003
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Gustavo Pardo Ardila Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Efectos de las decisiones
- Configuración
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 788/02. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- ESTARSE A LO RESUELTO en la Sentencia C-485 de 2003, que declaro exequible el articulo 6deg de la Ley 788 de 2002 condicionado a que se entienda que la Administracion debe limitar la cuantia del registro, de modo que resulte proporcionada al valor de las obligaciones tributarias determinadas oficialmente, o al valor de la sancion impuesta por ella. Para estos efectos, el valor de los bienes sobre los cuales recae el registro no podra exceder del doble de la deuda mas sus intereses. Si efectuado el avaluo de los bienes, estos excedieren la suma indicada, debera reducirse la medida cautelar hasta dicho valor, oficiosamente o a solicitud del interesado, y exequible el articulo 7o de la Ley 788 de 2002.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.