C-619 de 2008
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Aracelly Marithza Unigarro Moreno
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ineptitud sustantiva de la demanda por falta de especificidad. Pertinencia y suficiencia en las razones de inconstitucionalidad
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Codigo sustantivo del trabajo articulo 363 (parcial), modificado por el articulo 43 de la ley 50 de 1990.
Notificacion.
Una vez realizada la asamblea de constitucion, el sindicato de trabajadores comunicara por escrito al respectivo empleador y al inspector de trabajo, "y en su defecto, al alcalde del lugar", la constitucion del sindicato.<br>la demandante alega que la expresion acusada quebranta el preambulo y el articulo 39 de la carta politica, pues el permitir que un alcalde pueda conocer de la asamblea de constitucion de un sindicato, implica una inadecuada intervencion del estado en el derecho de asociacion de los sindicatos.<br>la accion publica de inconstitucionalidad y los requisitos de la demanda.
Requisitos sustanciales de las demandas de inconstitucionalidad.
Ineptitud sustantiva de la demanda y fallo inhibitorio.<br>de la demanda planteada no se desprende una razon suficiente que permita un estudio constitucional de fondo sobre la norma acusada.<br>inhibida
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Decreto 2663/50. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre la constitucionalidad de la expresion "y en su defecto, al alcalde del lugar" contenida en el articulo 363 del Codigo Sustantivo del Trabajo, por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.