C-521 de 1994
Ponente Jorge Arango Mejía
✓Demandante Jairo Villegas Arbelaez
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Régimen laboral
- Funcionarios y trabajadores de confianza
- Banca central
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 31/92. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. Decláranse EXEQUIBLES los literales f) del artículo 27, en su totalidad, y b) del artículo 38 de la ley 31 de 1992, en el aparte que dice "en los Estatutos del Banco", con la advertencia de que las normas contenidas en los Estatutos no podrán vulnerar los beneficios establecidos en leyes laborales.
- SEGUNDO. Declárase EXEQUIBLE el texto del inciso
- segundo. del artículo 39 de la misma ley, que dice: "Para los fines del artículo 56 de la Constitución Política, defínese como servicio público esencial la actividad de banca central". La exequibilidad de este inciso, que aquí se declara, se limita expresamente a los motivos aducidos en esta sentencia, y concretamente al examen a la luz del artículo 56 de la Constitución.
- TERCERO. Declárase EXEQUIBLE la expresión "y trabajadores" del inciso
- primero. del artículo 39 de la ley 31 de 1992, en cuanto la calificación de empleados de confianza recaiga en los funcionarios públicos del Banco de la República, y en los trabajadores que, de conformidad con la ley, el reglamento interno de trabajo, la convención colectiva y los contratos de trabajo, tengan una responsabilidad directiva, o cuyos servicios supongan un alto grado de identificación con el Banco.
- Notifíquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.