Micelio
Sentencia de Constitucionalidad27 de mayo de 2003Sala Plena

C-431 de 2003

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Juan Guillermo Jimenez Moreno

Tema · dato duro
Ley 600 De 2000. Art. 243 (P.). Codigo De Procedimiento Penal. Medidas Especiales Para El Aseguramiento De Pruebas. Actos Preparatorios. Seguimiento Por Parte De Funcionarios Judiciales Y De Policia. Preparacion Ejecucion O Consumacion De Conductas Punibl
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Intimidad
  • Vulneración por seguimiento a las personas que no han realizado hechos punibles
Fiscal General De La Nacion
  • Coordinación de labores de inteligencia sobre actividades relativas a la preparación de un hecho punible
Policia Judicial
  • Actividades de seguimiento pasivo deben ser temporales
  • Intervención en la etapa previa a la comisión de un delito es una medida eficaz de lucha contra la delincuencia
  • Labor investigativa
  • Actividad de seguimiento pasivo debe tener finalidad exclusiva
  • Actividades de seguimiento pasivo deben obedecer a circunstancias objetivas y externas
  • Ejecución de actividades para prevenir conductas delictuosas no pueden ser arbitrarias o caprichosas
  • Funciones jurisdiccionales
  • Labor de inteligencia sobre actividades sospechosas
Acto Preparatorio
  • Relevancia en casos de coparticipación criminal
Fiscalia General De La Nacion
  • Función primordial
  • Investigación de delitos ya cometidos
6 temas · 14 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 600/00. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 214Ley 600/00EXEQUIBLE
Art. 243Ley 600/00 «preparación" y la expresión mpedir la ejecución o consumación de conductas punibles»EXEQUIBLE
2 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
  2. RESUELVE
  3. Declarar EXEQUIBLES el vocablo "preparacion" y la expresion "impedir la ejecucion o consumacion de conductas punibles", e INEXEQUIBLE la expresion "sospechosas", contenidos en el articulo 243 de la Ley 600 de 2000 "Por la cual se expide el Codigo de Procedimiento Penal", e INEXEQUIBLE la expresion "sospechosas".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.