C-297 de 1999
Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez
✓Demandante Jorge Nuñez Medina
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 9 (parcial) de la Ley 4a de 1976, “por la cual se dictan normas sobre materia pensional de los sectores público, oficial, semioficial y privado y se dictan otras disposiciones”.
El demandante señaló que negar la vigencia de los beneficios educacionales desconoce el espíritu de la Constitución y describió una situación fáctica entornó a la convención colectiva entre el Sindicato Único de Trabajadores Oficiales y de Base del Departamento del Caquetá, “Sintradepartamentales Caquetá” y la Gobernación de ese departamento.
La Sala concluyó que el demandante no motivó el desconocimiento de la norma acusada, contrario se evidenció que se centró en relatar la existencia de controversias jurídicas entre el Departamento del Caquetá y sus pensionados, derivadas de la negativa de esa entidad territorial a reconocer los beneficios que en materia de educación aquellas se establecen en una convención colectiva del trabajo.
Por lo anterior, la Corte se inhibió de pronunciarse de fondo.
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 4/76. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E :
- INHIBIRSE para decidir de fondo sobre la constitucionalidad de los apartes demandados del articulo 9o. de la Ley 4a. de 1976 "Por la cual se dictan normas sobre materia pensional de los sectores publico, oficial, semioficial y privado y se dictan otras disposiciones.", por ineptitud sustantiva de la demanda.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.