Micelio
Sentencia de Constitucionalidad18 de abril de 1996Sala Plena

C-156 de 1996

Ponente José Gregorio Hernández Galindo

Demandante Alfonso Portella Herran

Tema · dato duro
Ley 199/95. Arts. 2 Parcial 5 Parcial Y 21. Funciones Del Ministerio Del Interior. Exequibles Salvo Una Expresion Del Art. 21.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Pronunciamientos sobre la Ley 199/95. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.

Art. 2Ley 199/95 «Numeral 5.»EXEQUIBLE
Art. 21Ley 199/95INEXEQUIBLE· expresión
Expresión declarada inexequible«se transformará en un sistema de manejo de cuenta, sin personería jurídica, el cual...»
Art. 5Ley 199/95EXEQUIBLE
3 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de la sentencia
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Decláranse EXEQUIBLES los artículos 2, numeral 5, y 5, numeral 2, literales f) y l), de la Ley 199 de 1995.
  2. Segundo. Declárase EXEQUIBLE el artículo 21 de la Ley 199 de 1995, salvo las expresiones "se transformará en un sistema de manejo de cuenta, sin personería jurídica, el cual...", que se declaran INEXEQUIBLES.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.