C-1142 de 2008
Ponente Humberto Antonio Sierra Porto
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- No se subsana el vicio con la repetición del anuncio para segundo debate y la celebración de la sesión plenaria, cuando se requería la reanudación d
- Criterio para establecer el carácter subsanable del vicio
- Incumplimiento constituye vicio insubsanable
- No subsanación de vicio conforme a auto 126 de 2008
- Configuración por desacato de las pautas consignadas en el texto constitucional por parte de la Cámara de Representantes
- Configuración por incumplimiento del requisito de anuncio previo de votación en la Cámara de Representantes
- Inadmisibilidad de reenvíos de iniciativas a la célula legislativa para subsanación de vicios de trámite
- No subsanación de vicio detectado por omisión de reinicio del trámite aprobatorio a partir de la corrección
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Revisiã“n de constitucionalidad del convenio entre elgobierno de la repãšblica de colombia y el gobierno de la repãšblica popular de china sobre cooperaciã“n en sanidad animal y cuarentena, firmado en beijing a los 6 dãas del mes de abril de 2005, y de la ley 1141 de 2007 que lo aprueba. <br>se recordã“ que en cuimplimiento de lo previsto en el artãculo 241 numeral 10 de la constituciã“n polãtica corresponde a la acorte realizar el control automãtico de constitucionalidad de los tratados internacionales y de las leyes que los aprueban. <br>en cuanto al aspecto formal, el estudio se concreta en la verificaciã“n del cumplimiento de los requisitos propios del trãmite de una ley ordinaria, pues el texto constitucional no dispone un procedimiento legislativo particular para la expediciã“n de una ley aprobatoria de un tratado internacional. <br>se constatã“ el cumplimiento parcial de la orden fijada en auto 126 de 2008, tendiente a la reparaciã“n un vicio de trãmite, consistente en la infracciã“n del rã‰gimen de anuncios por parte de la cãmara de representantes. <br>se encontrã“ pues, que un vicio que en primer momento era subsanable, no fue enmendado de manera adecuada, lo cual genera la declaratoria de inexequibilidad de la ley sub examine. <br>inexequible <br>
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 1141/07. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- RESUELVE
- Declarar INEXEQUIBLE la Ley 1141 de 2007 "Por medio de la cual se aprueba el Convenio entre el Gobierno de la Republica de Colombia y el Gobierno de la Republica Popular de China sobre Cooperacion en Sanidad Animal y Cuarentena, firmado en Beijing a los 6 dias del mes de abril de 2005"
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.