C-112 de 2006
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Sylvia Rocio Ramirez Rueda
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carencia actual de objeto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Ley 716 de 2001 expresiones del articulo 2º y del paragrafo 3º del articulo 4º.
Se expiden normas para el saneamiento de la informacion contable en el sector publico y se dictan disposiciones en materia tributaria y otras disposiciones.
Campo de aplicación y depuracion de saldos contables.
La demandante afirma que las expresiones contenidas en las normas acusadas desconocen lo previsto en el articulo 13 de la constitucion politica.
Inhibicion por carencia actual de objeto en la medida que las disposiciones acusadas contenidas en la ley 716 de 2001 no se encuentran surtiendo efectos juridicos.
Adicionalmente la corte se pronuncio en sentencia c-1083 de 2005 para declarar la inexequibilidad en relacion con el contenido material de las expresiones acusadas contenidas en el paragrafo 3º del articulo 4º de la ley 716 de 2001 tal como fue modificado y adicionado por el articulo 2o de la ley 901 de 2004.
Inhibida
Qué decidió
Pronunciamientos sobre la Ley 716/01. Datos duros, verificados en la parte resolutiva — citables.
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitucion,
- R E S U E L V E:
- Primero. INHIBIRSE para emitir un pronunciamiento de fondo en relacion con la acusacion formulada en contra de las expresiones "y cualquier otra entidad que maneje o administre recursos publicos y solo en lo relacionado con estos; siempre y cuando hagan parte del Balance General del sector publico", contenidas en el articulo 2deg de la Ley 716 de 2001, cuya vigencia fue prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2005 por el articulo 1deg de la Ley 901 de 2004, por carencia actual de objeto.
- Segundo. INHIBIRSE para emitir un pronunciamiento de fondo en relacion con la acusacion formulada en contra de las expresiones "Las personas que aparezcan relacionadas en el boletin de deudores morosos no podran celebrar contratos con el Estado, ni tomar posesion de cargos publicos, hasta tanto no demuestren la cancelacion de la totalidad de las obligaciones contraidas con el Estado o acrediten la vigencia de una acuerdo de pago", contenidas en el paragrafo 3deg del articulo 4deg de la Ley 716 de 2001 que fue subrogado por el articulo 2deg de la Ley 901 de 2004, por carencia actual de objeto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.