A- de 2019
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Oraida Jimenez Acosta Y Otros·Demandado Electrificadora Del Caribe S.A. E.S.P.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Fallo o exclusión de revisión de proceso de tutela hacen tránsito a cosa juzgada constitucional
- Extemporaneidad
- No presentación
- Importancia del recurso y la consecuencia de su pretermisión
- Alcance
- Diferencias con la apelación
- Trámite
- Revivir un proceso legalmente concluido, proceder contra sentencia ejecutoriada del superior u omitir íntegramente la respectiva instancia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
En este caso encontró la Sala Cuarta de Revisión que con posterioridad a la notificación de la orden de exclusión proferida por la Corte Constitucional en el auto del 28 de enero de 2019, el juzgado de primera instancia tramitó, amparado en un presunto error secretarial, el recurso de impugnación formulado de manera extemporánea.
Teniendo en cuenta que a partir de la notificación del precitado auto la providencia de primera instancia adquirió efectos de cosa juzgada constitucional y que con ello quedó terminado el proceso, la Corporación decidió declarar la nulidad de todas las actuaciones surtidas con posterioridad al auto de la Sala de Selección, estarse a lo resuelto en el mismo y compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación y al Consejo Seccional de la Judicatura, para que investiguen, respectivamente, si las actuaciones realizadas por el abogado que tramitó la impugnación y los hechos constitutivos de la nulidad insaneable, imputables a los funcionarios judiciales involucrados, dan lugar a la responsabilidad penal o disciplinaria.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DECLARAR LA NULIDAD de todas las actuaciones surtidas por el Juzgado
- Segundo. Promiscuo Municipal de San Juan del Cesar y por el Juzgado Promiscuo del Circuito de San Juan del Cesar, dentro del procedimiento de amparo constitucional promovido por Oraida Jiménez Acosta y otros contra Electricaribe S.A. ESP, con posterioridad a la notificación del auto del 28 de enero de 2019 proferido por la Sala de Selección Número Uno de la Corte Constitucional.
- Segundo. ESTARSE A LO RESUELTO en el auto proferido el 28 de enero de 2019 por la Sala de Selección Número Uno de 2019 de esta Corte, mediante el cual se resolvió excluir de selección el expediente de la referencia, con lo cual la sentencia de primera instancia hizo tránsito juzgada constitucional.
- Tercero. COMPULSAR COPIAS a la Fiscalía General de la Nación y al Consejo Superior de la Judicatura, para que investiguen, respectivamente, si las actuaciones realizadas por el abogado que tramitó la impugnación72 y los hechos constitutivos de la nulidad insanable, imputables a los funcionarios judiciales involucrados73, dan lugar a la responsabilidad penal o disciplinaria.
- Cuarto. LIBRAR, a través de la Secretaría General, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.