A- de 2014
Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Demandante Mariella Santos Vega
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Se declara nulidad parcial por desconocerse precedente constitucional
- Requisitos formales y materiales de procedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad parcial de la sentencia T-961/11.
Sostuvo la memorialista que la Sala Cuarta de Revisión se apartó del criterio fijado por la Corporación en la sentencia SU917/10, respecto del restablecimiento del derecho para las personas que desempeñan cargos de carrera en provisionalidad y son desvinculadas de sus empleos mediante el acto de retiro sin motivación, pues en su caso específico se ordenó a la Fiscalía General de la Nación pagarle los salarios y demás emolumentos dejados de percibir a partir de la fecha en la que solicitó la protección de sus derechos fundamentales a través de la solicitud de amparo, y no, desde la fecha de su desvinculación.
La Sala Plena declara la nulidad parcial de la sentencia T-961/11, respecto de la modalidad de indemnización señalada en el numeral sexto de su parte resolutiva.
Así mismo, ordena la remisión del expediente de la referencia a la Sala Cuarta de Revisión, para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DECLARAR la nulidad parcial de la sentencia T-961 de 16 de diciembre de 2011 proferida por la Sala Cuarta de Revision respecto de la modalidad de indemnizacion senalada en el numeral
- sexto. de la providencia.
- Segundo. REMITASE el expediente T- 2.706.372 a la Sala Cuarta de Revision para lo de su competencia.
- Tercero. Contra este pronunciamiento no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.