Micelio
Auto21 de octubre de 2003

A- de 2003

Ponente Marco Gerardo Monroy Cabra

Demandante Carlos Felipe Manuel Remolina Botia Y Otro

Tema · dato duro
Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda. Ley 796 De 2003. Decreto 2000 De 2003. Convocatoria A Referendo.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Accion Publica De Inconstitucionalidad
  • Ciudadano en ejercicio
  • Poderes específicos propios del demandante
  • Consecuencias de la falta de reconocimiento como demandante
  • Facultades específicas del demandante son limitadas
  • Legitimación
  • Presentación a nombre de otro
  • Reconocimiento de la calidad de demandante de quien otorga poder es indispensable
Incidente De Recusacion
  • Presentación simultánea con la demanda
Constitucion Politica Vigente
  • Fases del control jurídico en relación con la reforma constitucional
Control De Constitucionalidad Sobre Referendo
  • Control automático
  • Control jurídico sobre el acto reformatorio de la Constitución por demanda ciudadana
  • Ejercicio sobre ley convocatoria y no sobre el proyecto
Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Procedencia y oportunidad para alegarla
Nulidad Sentencia Ley Del Referendo
  • Rechazo por solicitud presentada extemporáneamente
Referendo
  • Fecha de celebración constituye acto jurídico integrante de la reforma
12 temas · 20 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se confirmó el Auto de rechazo del 27 de agosto de 2003 en el proceso D-4798, mediante el cual se demandó la inexequibilidad de la Ley 796 y del Decreto 2000, ambos de 2003.

La Corte explicó que respecto de la Ley 796 de 2003, esta Corporación se pronunció en Sentencia C-551/03 que hizo tránsito a cosa juzgada constitucional absoluta y porque, respecto del Decreto 2000, la Corte Constitucional es incompetente para emitir pronunciamiento de fondo porque no se encuentra autorizada por el Art. 241 de la Constitución para revisar la exequibilidad de los decretos por los cuales se convoca a un referendo.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (27 puntos)
  1. Primero. Por las razones expuestas, CONFIRMAR el Auto de rechazo del 27 de agosto de 2003, proferido por el Despacho del Magistrado Rodrigo Escobar Gil en el proceso D-4798.
  2. Segundo. ARCHIVESE el expediente.
  3. CLARA INES VARGAS HERNANDEZ
  4. Presidenta
  5. JAIME ARAUJO RENTERIA
  6. Magistrado
  7. ALFREDO BELTRAN SIERRA
  8. Magistrado
  9. MANUEL JOSE CEPEDA ESPINOSA
  10. Magistrado
  11. JAIME CORDOBA TRIVINO
  12. Magistrado
  13. RODRIGO ESCOBAR GIL
  14. Magistrado
  15. MARCO GERARDO MONROY CABRA
  16. Magistrado
  17. EDUARDO MONTEALEGRE LYNNET
  18. Magistrado
  19. ALVARO TAFUR GALVIS
  20. Magistrado
  21. IVAN HUMBERTO ESCRUCERIA MAYOLO
  22. Secretario General (e)
  23. EL SUSCRITO SECRETARIO GENERAL (E)
  24. DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
  25. HACE CONSTAR:
  26. Que el H. Magistrado doctor JAIME ARAUJO RENTERIA, no firma el presente auto por cuanto en la fecha le fue aceptado impedimento para intervenir en la presente decision.
  27. IVAN HUMBERTO ESCRUCERIA MAYOLO
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.