A- de 2018
Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera
✓Demandante Jazmin Rocio Soacha Pedraza
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Requisitos formales y materiales de procedencia
- Negar por cuanto no se desconoció precedente constitucional
- Improcedencia por falta de carga argumentativa
- Reiteración de jurisprudencia sobre desconocimiento del precedente constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la Sentencia T-543/17, formulada por la Oficina Asesora Jurídica de la Superintendencia de Industria y Comercio.
La entidad recurrente adujo que la precitada providencia incurrió en varios yerros que afectan su validez.
Entre otras razones argumentó: 1º.
El desconocimiento del precedente jurisprudencial sobre el control de legalidad de actos administrativos de contenido particular. 2º.
El desconocimiento constitucional, legal y jurisprudencial sobre la acción constitucional idónea para solicitar la protección de derechos colectivos e, 3º.
Inexistencia de acreditación de un perjuicio irremediable.
Al no encontrar configurada ninguna de las causales de nulidad invocadas, la Corte decide rechazar la referida en el numeral 2º y negar las otras dos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. RECHAZAR el cargo de "desconocimiento constitucional, legal y jurisprudencial sobre la accion constitucional idonea para solicitar la proteccion de derechos colectivos", formulado por la Jefe de la Oficina Asesora Juridica de la Superintendencia de Industria y Comercio contra la Sentencia T-543 de 2017.
- SEGUNDO. NEGAR los cargos sobre "desconocimiento del precedente jurisprudencial sobre el control de legalidad de actos administrativos de contenido particular" y de "inexistencia de acreditacion de un perjuicio irremediable", formulados por la Jefe de la Oficina Asesora Juridica de la Superintendencia de Industria y Comercio contra la Sentencia T-543 de 2017.
- TERCERO. ORDENAR que se comunique la presente providencia a los interesados, con la advertencia de que contra esta decision no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.