Micelio
Auto21 de septiembre de 2004

A- de 2004

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Elson Rafael Rodríguez Beltrán

Tema · dato duro
Recurso De Súplica Contra Auto Del Veintisiete (27) De Agosto De 2004, Mediante El Cual Se Rechazó La Demanda Contra Los Artículos 1-19, 53-66, 73-77, 99-101, 107, 113, 116-119 De La Ley 510 De 1999 “por La Cual Se Dictan Disposiciones En Relación Con El Sistema Financiero Y Asegurador, El Mercado Público De Valores, Las Superintendencias Bancaria Y De Valores Y Se Conceden Unas Facultades” Y 1-7, 9-13, 15-17, 19-26, 18-31, 35-37, 39, 42-46, 95, 96, 101, 104-107, 111, 113 De La Ley 795 De 2003 “por La Cual Se Ajustan Algunas Normas Del Estatuto Orgánico Del Sistema Financiero Y Se Dictan Otras Disposiciones”.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Demanda De Inconstitucionalidad
  • Señalamiento del contenido material de cada disposición y justificación en cada caso de la violación
  • Requisitos que debe tener los cargos
  • Sentido y alcance de los requisitos
Recurso De Suplica Contra Rechazo Demanda De Inconstitucionalidad
  • Argumentación del accionante
  • Insistencia del actor en la presentación correcta de cargos
  • Objeto
2 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se confirmó el auto suplicado por el cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el ciudadano de la referencia contra los artículos 1-19, 53-66, 73-77, 99-101, 107, 113, 116-119 de la Ley 510 de 1999 “Por la cual se dictan disposiciones en relación con el sistema financiero y asegurador, el mercado público de valores, las superintendencias Bancaria y de Valores y se conceden unas facultades” y 1-7, 9-13, 15-17, 19-26, 18-31, 35-37, 39, 42-46, 95, 96, 101, 104-107, 111, 113 de la Ley 795 de 2003 “Por la cual se ajustan algunas normas del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y se dictan otras disposiciones”.

Lo anterior, por la ausencia de argumentos constitucionales que controviertan las razones expuestas por el Magistrado Sustanciador del auto que se recurre.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE:
  2. CONFIRMAR el auto suplicado, por el cual se rechazo la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el ciudadano Elson Rafael Rodriguez Beltran contra los articulos 1-19, 53-66, 73-77, 99-101, 107, 113, 116-119 de la Ley 510 de 1999 "Por la cual se dictan disposiciones en relacion con el sistema financiero y asegurador, el mercado publico de valores, las superintendencias Bancaria y de Valores y se conceden unas facultades" y 1-7, 9-13, 15-17, 19-26, 18-31, 35-37, 39, 42-46, 95, 96, 101, 104-107, 111, 113 de la Ley 795 de 2003 "Por la cual se ajustan algunas normas del Estatuto Organico del Sistema Financiero y se dictan otras disposiciones".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.