A- de 2003
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Estela Del Rosario Lopez Garcia Vs. Granahorrar
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia para resolver controversias sobre reliquidaciones de créditos hipotecarios
- Procedencia excepcional por vulneración del debido proceso
- Término de tres días para proponerse
- Improcedencia por no existir cambio de jurisprudencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se negó la solicitud de nulidad de la Sentencia T-1085/02 proferida por la Sala Primera de Revisión de Tutelas, presentada por la Vicepresidente Jurídica del Banco Granahorrar, toda vez que esta Corte no modificó la jurisprudencia de la Sala Plena respecto de la competencia de la jurisdicción ordinaria para conocer de las diferencias surgidas en torno a la reliquidación de créditos hipotecarios, por tal razón se negará la solicitud de nulidad.
Contra este pronunciamiento no procede recurso alguno.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Negar la solicitud de nulidad de la Sentencia T-1085 de 2002 proferida por la Sala Primera de Revisión de Tutelas, presentada por la Doctora María del Pilar Rocha Jaramillo, en su calidad de Vicepresidente Jurídica del Banco Granahorrar
- Segundo. Contra este pronunciamiento no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.