Micelio
Auto11 de febrero de 2003

A- de 2003

Ponente Jaime Araujo Rentería

Demandante Estela Del Rosario Lopez Garcia Vs. Granahorrar

Tema · dato duro
Nulidad Sentencia T-1085/02
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Jurisdiccion Ordinaria
  • Competencia para resolver controversias sobre reliquidaciones de créditos hipotecarios
Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Procedencia excepcional por vulneración del debido proceso
  • Término de tres días para proponerse
Nulidad Sentencia De Revision De Tutela
  • Improcedencia por no existir cambio de jurisprudencia
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se negó la solicitud de nulidad de la Sentencia T-1085/02 proferida por la Sala Primera de Revisión de Tutelas, presentada por la Vicepresidente Jurídica del Banco Granahorrar, toda vez que esta Corte no modificó la jurisprudencia de la Sala Plena respecto de la competencia de la jurisdicción ordinaria para conocer de las diferencias surgidas en torno a la reliquidación de créditos hipotecarios, por tal razón se negará la solicitud de nulidad.

Contra este pronunciamiento no procede recurso alguno.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Negar la solicitud de nulidad de la Sentencia T-1085 de 2002 proferida por la Sala Primera de Revisión de Tutelas, presentada por la Doctora María del Pilar Rocha Jaramillo, en su calidad de Vicepresidente Jurídica del Banco Granahorrar
  2. Segundo. Contra este pronunciamiento no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.