Micelio
DecretoCompilado

Decreto 1449 de 1977

Por el cual se reglamenta parcialmente al inciso 1º del numeral 5º del artículo 56 de la Ley número 135 de 1961 y el Decreto-ley número 2811 de 1974

10artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

Leer el articulado completo como un libro
1Para Los Efectos Del Inciso Primero Del Numeral 5º Del Artículo 56 De La Ley Número 135 De 1961, Se Entenderá Que Los Propietarios De Los Predios Rurales Han Cumplido En Lo Especial Con Las Normas Establecidas Sobre La Conservación Con Ellos Se Hayan Observado Las Disposiciones Previstas En El Presente Decreto2En Relaciona Con La Conservación, Protección Y Aprovechamiento De Las Aguas, Los Propietarios De Predios Están Obligados A: 13En Relación Con La Protección Y Conservación De Los Bosques, Los Propietarios De Predios Están Obligados A: 14Los Propietarios De Predios De Más De 50 Hectáreas Deberán Mantener En Cobertura Forestal Por Lo Menos Un 10% De Su Extensión, Porcentaje Que Podrá Variar El Indirena Cuando Lo Considere Conveniente5En Terrenos Baldíos Adjudicados Mayores De 50 Hectáreas El Propietario Deberá Mantener Una Proporción De 20% De La Extensión Del Terreno En Cobertura Forestal Para Establecer El Cumplimiento De Esta Obligación Se Tendrá En Cuenta Las Mismas Áreas Previstas En El Artículo Anterior6En Relación Con La Protección Y Conservación De La Fauna Terrestre Y Acuática Los Propietarios De Predios Y Están Obligados A: 17En Relación Con La Protección Y Conservación De Los Suelos, Los Propietarios De Predios Están Obligados A: 18En Todo Caso Los Propietarios Están Obligados A: A) Facilitar Y Cooperar En La Práctica De Diligencias Que El Indirena Considere Convenientes Para Supervisar El Cumplimiento De Las Obligaciones A Que Se Refiera Este Decreto Y Suministrar Los Datos Y Documentos Que Le Sean Requeridos9La Contravención De Las Normas Establecidas Por El Indirena En Relación Con La Conservación Y Protección De Los Recursos Renovables O Delas Disposiciones Contenidas En Las Resoluciones Que Otorguen Concesión, Permiso O Autorización Para El Aprovechamiento De Los Recursos Naturales Renovables, Se Tendrá Como Incumplimiento Para Los Fines De Este Decreto, Incumplimiento Que Será Calificado Según Sea La Incidencia Del Mismo En Relación Con La Conservación Del Recurso10Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación En El Diario Oficial
03

Firmas