DecretoDerogado
Decreto 1967 de 1999
por el cual se reglamenta la autorización para adelantar campañas de publicidad de las empresas industriales y comerciales del estado y se adoptan unas disposiciones en materia de divulgación de políticas del Gobierno Nacional
13artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º El Ministerio De Comunicaciones Podrá Autorizar Las Campañas De Publicidad Que Adelanten Las Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado, Con Cargo A Sus Respectivos Presupuestos, Cuando Tengan Por Objeto La Comercialización De Bienes Y Servicios En Competencia Con Particulares2º3º4º5º Las Entidades De La Rama Ejecutiva Del Poder Público Del Orden Nacional, Distintas A Las Señaladas En El Artículo Primero Del Presente Decreto, Que Requieren, Para El Cumplimiento De Sus Funciones, La Difusión De Mensajes Tendientes A Incentivar La Participación Ciudadana Y El Control Social En La Gestión Pública Y El Cumplimiento De Las Obligaciones De Los Administrados Frente Al Estado, Deberán Solicitar Al Ministerio De Comunicaciones La Autorización Para La Difusión De Sus Planes, Programas Y Proyectos, Con Cargo A Sus Presupuestos Respectivos6º7º8º9º10Artículo 1011Artículo 1112Artículo 1213Artículo 13
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política, y los artículos 4º y 7º del Decreto Legislativo 1982 de 1974
- Juan Camilo RestrepoEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Claudia De FranciscoLa Ministra de Comunicaciones